Una de las nuevas características que incorpora la facturación CFDI 3.3 del SAT, y que será obligatoria a partir de Septiembre de 2018 es el “Complemento para recepción de pagos” o “Recibo electrónico de Pagos”.
¿Ya estás listo para cumplir adecuadamente con ésta obligación en tu empresa? Si aún tienes dudas, ésto es lo que tienes que saber del complemento:
¿Cuándo se utiliza éste complemento?
Cuando existan operaciones a crédito, en parcialidades o con anticipo.
Cuándo NO utilizarlo:
Siempre que una factura se pague en el momento que se genere la operación (el mismo día), o se haya pagado por anticipado.
¿Para qué sirve?
En primer lugar, para cumplir con los requisitos que pide la ley con éste tipo de pagos. Sin embargo, en segunda instancia, los beneficios de utilizarlo son:
¿Cuál es el procedimiento que debo seguir para utilizar éste complemento?
1. Al generar una operación se genera un CFDI por el mosto TOTAL de la misma. Es importante considerar que es éste CFDI en el que se realiza el desgloce de los impuestos trasladados/retenidos.
2. Posteriormente, al recibir un pago parcial o total, se genera el Recibo electrónico de Pagos (CFDI con complemento de Pagos) por el monto recibido.
Es importante considerar al generar el recibo de pagos:
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